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Modificación en la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Modelo 349


Se introducen los cambios necesarios en el modelo 349 para hacer posible la declaración por parte del vendedor de la expedición o transporte de bienes a otro Estado miembro en el marco de un acuerdo de venta de bienes en consigna.


Se suprime el periodo anual de declaración del modelo 349. En consecuencia, en 2020 sólo se podrá presentar el modelo 349 con periodicidad mensual o trimestral.


El 5 de febrero de 2020 se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales. Entre las medidas aprobadas, el Real Decreto-ley 3/2020, modifica la tributación en el IVA de la expedición o transporte de bienes a otro Estado miembro en el marco de un acuerdo de venta de bienes en consigna.


En desarrollo del citado Real Decreto-ley, se ha publicado en el BOE de 29 de febrero de 2020 la Orden HAC/174/2020, de 4 de febrero, que modifica el modelo 349 de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.


Las principales modificaciones introducidas por las normas anteriores en el modelo 349 son las siguientes:


Se suprime el periodo anual de declaración del modelo 349. En consecuencia, en 2020 sólo se podrá presentar el modelo 349 con periodicidad mensual o trimestral.Se introducen los cambios necesarios en el modelo 349 para hacer posible la declaración por parte del vendedor de la expedición o transporte de bienes a otro Estado miembro en el marco de un acuerdo de venta de bienes en consigna (artículo 9 bis del Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido).

Para hacer posible la declaración por parte del vendedor de la expedición o transporte de los bienes a otro Estado miembro en el marco de un acuerdo de venta de bienes en consigna en la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, la Orden HAC/174/2020, de 4 de febrero introduce tres nuevas claves y un nuevo campo (identificación del sujeto pasivo sustituto).


Las nuevas claves en el modelo 349, relacionadas con las ventas de bienes en consigna son las siguientes:


R: Transferencias de bienes efectuadas en el marco de acuerdos de ventas de bienes en consigna.D: Devoluciones de bienes desde otro Estado miembro al que previamente fueron enviados desde el TAI en el marco de acuerdos de ventas de bienes en consigna.

C: Sustituciones del empresario o profesional destinatario de los bienes expedidos o transportados a otro Estado miembro en el marco de acuerdos de ventas de bienes en consigna.


Estas nuevas claves y el campo de identificación del sujeto pasivo sustituto, sólo afectarán a los contribuyentes que realicen transferencias de bienes en el marco de acuerdos de ventas de bienes en consigna.


 

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